Breve reseña jurisprudencial sobre las enfermedades de súbita aparición: el infarto agudo de miocardio
Las enfermedades de súbita aparición. Actúan de forma violenta aunque tengan carácter de patologías de carácter interno. Junto al infarto agudo de miocardio cabe destacar: hemorragias cerebrales (STS, 18-02-1998), la hemiparesia (STS 4-02-1998), embolias, edemas pulmonares…
El IAM produce una oclusión parcial o total del flujo sanguíneo en las arterias coronarias y que provoca la muerte de células musculares del corazón por falta de aporte sanguíneo.
Se produce de forma progresiva, durante años, y suele manifestarse, a partir de los cincuenta años de edad, de forma súbita, provocando secuelas que suelen resultar graves e incapacitantes, al menos para la realización de esfuerzos físicos de carácter moderado o intenso.
Patología: se encuentra asociada a riesgos predeterminados muy vinculados al tipo de vida actual.
Factores de riesgo: la hipertensión, la diabetes, la obesidad, el tabaquismo, o hipercolesterolemia. Junto a ellas el factor intangible que permite considerar la aplicación de IAM como accidente de trabajo: el estrés laboral.
Presunción de laboralidad: si se produce en el lugar y tiempo de trabajo (art. 156.3 LGSS) a pesar de que los síntomas comenzaran con anterioridad al inicio de la jornada o aunque la enfermedad sea preexistente.
CASUÍSTICA:
Vestuarios: no es tiempo de trabajo, pero puede acreditarse la relación con la actividad laboral (STS 20-06-2006). St. pintor nave de uralita en agosto.
IAM in itinere: tampoco se aplica la presunción.
Fuera del lugar y tiempo de trabajo: no se aplica la presunción.
1) STS 6-10-2003. No es AT si no ha comenzado la jornada de trabajo.
2) STS 25-11-2002. IAM después de la jornada, si no tuvo asistencia médica durante la jornada.
3) STS 28-09-2000. En el domicilio la carga de la prueba corresponde el trabajador.
4) STS 7-02-2001. La situaciones de disponibilidad excluidas salvo llamamiento (sería el supuesto de las guardias médicas).
5) STS 22-01-2007. La presunción no se aplica en sucesivos episodios coronarios. Hay varias sentencias que reproducen este criterio. Quiero ello decir que si un IAM se produce y califica como AT por verse beneficiado por la presunción de laboralidad, no convierte en AT aquellos IAM que pueda sufrir con posterioridad no respaldados por la indicada presunción.