El trabajo cuestiona las deficiencias y la ambigüedad normativa que ofrece el concepto legal de accidente in itinere, destacando las exigencias de los Convenios Internacionales de la OIT y las referencias cercanas del derecho comparado. La sentencia del Tribunal Supremo de 26 de diciembre de 2013 deja de manifiesto de forma flagrante la falta de conexión entre la norma y la interpretación dada -conforme a la realidad social y con criterios de justificia material- con sentido protector.
Información Laboral, Valladolid, núm. 3/2014, ISSN 0214-6045, págs. 187 a 200.