El trabajo del profesor de la Universidad de Cádiz Alberto Ayala Sánchez parte de realizar un análisis de la consideración del suicidio como accidente de trabajo en el modelo español de Seguridad Social. Con un desarrollo cuidado refiere las condiciones en que es posible la protección de este como contingencia profesional, analizando la sentencia referente del Tribunal Supremo, de 25 de septiembre de 2007. Incorpora una interesante reflexión del carácter muy limitado en que puede admitirse la presunción de laboralidad en la figura descrita. Como factor añadido se incorpora al trabajo el examen de los escasos precedentes existentes en la jurisprudencia de Brasil, donde apenas se pueden identificar dos supuestos en que ha sido tratado el problema. No obstante, resulta reseñable que la flexibilidad del concepto de accidente de trabajo en la regulación brasileña permite la calificación del suceso como accidente de trabajo.