STS 161/2017, de 23 de febrero de 2017
RECURSO DE CASACIÓN Núm: 2120/2015
Ponente Excmo. Sr. SEBASTIAN MORALO GALLEGO
El TS declara el derecho de un trabajador a percibir la prestación de incapacidad en grado de permanente total para su profesión habitual como consecuencia del accidente de tráfico sufrido escasos días después de cesar voluntariamente en su trabajo para incorporarse a otra empresa.
El motivo de denegación inicial por la Entidad Gestora reside en no estar en situación de alta o situación asimilada toda vez que unos días antes del accidente el trabajador había causado baja voluntaria en el empleo previamente desempeñado.
El trabajador había dejado su empleo para incorporarse a una nueva empresa con la que tenía concertada relación laboral. El TS a través de una interpretación “humana y flexibilizadora” entiende que se trata de una situación asimilada al alta pues consta que:
“no había dejado su anterior empleo para apartarse del mercado laboral, sino con la intención de preparar un curso de acceso a una superior titulación que le permitiera continuar prestando servicios laborales en mejores condiciones profesionales”.
Texto de la sentencia del Tribunal Supremo: STS 23.02.2017. Situación asimilada al alta