El Tribunal Supremo ha confirmado la indemnización acordada en favor de los padres de una auxiliar de vuelo que falleció en el accidente de Spanair ocurrido el 20 de agosto de 2008 en el aeropuerto de Barajas, en Madrid, en el que murieron en total 154 personas.
Se acuerda mantener la indemnización solicitada por la azafata fallecida (27.000 €) más los intereses moratorios punitivos (otros 27.000 €) a los que fue condenada la entidad aseguradora MAPFRE Global Risk.
El TS ha desestimado tanto la pretensión instada por los padres de la fallecida –que interesaban un incremento del principal- y cuyo debate se muestra como secundario (no corresponde a la instancia casacional la fijación de las indemnizaciones por daños).
También ha desestimado la pretensión de la aseguradora que se ceñía a los intereses moratorios punitivos. Venía a aducir que se había hecho el oportuno ofrecimiento a la familia. Sin embargo, resuelve el Tribunal:
conectándose lo expuesto con la argumentación realizada por el TSJA al incidir en que “el ofrecimiento y la consignación no se efectuaron de forma debida”.
(Europa PRESS).
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