Uso de cámaras de videovigilancia (ámbito funcionarial) Tribunal Supremo

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Uso de cámaras de videovigilancia (ámbito funcionarial) Tribunal Supremo

Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 4ª, Sentencia 557/2021 de 26 Abr. 2021, Rec. 4645/2019

RÉGIMEN DISCIPLINARIO EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. SE CONSIDERA QUE LA INFORMACIÓN FACILITADA POR LAS CÁMARAS INSTALADAS CON CARÁCTER GENERAL PARA SEGURIDAD Y VIGILANCIA (Y TAMBIÉN PARA EL CONTROL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO) NO EXIGE INFORMACIÓN PREVIA A LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS AFECTADOS al objeto de la incoación de procedimientos sancionadores.

Será exigible, no obstante, un objetivo legítimo, necesidad y proporcionalidad.El derecho de información en este caso no incluye especificar el fin perseguido con la captación de imágenes que realizan las cámaras. No resulta preciso el consentimiento para su utilización en el control del cumplimiento efectivo de las condiciones de trabajo. El TS desestima el recurso de interés casacional contra la sentencia de la AN que rebajó la sanción de suspensión de funciones impuesta a una funcionaria por eludir los sistemas de control horario.

Enlace CENDOJ: https://www.poderjudicial.es/…/916c91dce3090b54/20210511

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